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Declaración de impuestos: SII aclara quiénes deben a hacerla y quiénes no
A pocos días de que se cumpla el primer plazo para solicitar la devolución de impuestos, la jefa de fiscalización del SII resolvió algunas de las dudas más comunes al respecto.
Este viernes 20 de abril se cumple el primer plazo para solicitar la devolución de impuestos en el marco de la Operación Renta 2018 del Servicio de Impuestos Internos (SII), y si bien el balance es positivo y el trámite ya ha sido realizado por más de un millón 800 mil contribuyentes, el organismo advirtió de las principales dudas y errores que se cometen durante el proceso.
¿Quiénes deben hacer la declaración?
Pese a que este es un proceso que se desarrolla todos los años, todavía hay muchas dudas al respecto, especialmente sobre quiénes están obligados a realizar el trámite y quiénes no.
Al respecto, la encargada de fiscalización del SII indicó que «están obligadas todas las empresas, luego cuando hablamos de personas, las personas que reciben honorarios o reciben retiros de las sociedades en que participan, están obligados a hacer su declaración de renta. Hay contribuyentes que no están obligados y que tienen beneficios tributarios, como el ahorro previsional voluntario, intereses por crédito hipotecario, o el crédito por gasto en educación, esos no están obligados, pero para recibir la devolución deben presentar la declaración de renta».
Sobre las personas que no están obligadas a hacer el proceso, Carolina Saravia puntualizó que «quienes tienen beneficios tributarios tienen plazo hasta 3 años para solicitar la devolución«.
Entonces ¿Cómo enfrentar la Operación de Renta 2018?
Guillermo Contreras, gerente general de EDIG y con más de 35 años de experiencia en asesorías contables y tributarias señala que para lograr una exitosa Operación de Renta 2018 debemos considerar los siguientes puntos:
1.- Declarar la renta con un asesor tributario o contador experto.
2.- No apresurase en realizar la declaración de renta, ojalá después de la segunda quincena del mes de abril.
3.- Revisar que no existan inconsistencias en la información enviada por terceros al SII.
4.- En caso de inconsistencias comunicarse con la empresa que presento la declaración jurada para corregirla antes de declarar su renta.
5.- Y por último que cada contribuyente se asegure que están todos sus ingresos en su propuesta, como, por ejemplo: Sueldos, honorarios, retiros, dividendos, como también los beneficios que pudiesen tener para rebajar a su global complementario, como dividendos hipotecarios, educación, donaciones que pudiesen beneficiarlo.
6. Una buena fórmula es optar por estar capacitado y/o entenderse con profesionales que tengan las herramientas suficientes para poder asesorar al contribuyente y para eso EDIG cuenta con publicaciones comentadas y con un software integral de declaración de renta que se encuentra certificado por el Servicio de Impuestos Internos , pudiendo los clientes traspasar la información pertinente desde el módulo de Declaraciones Juradas, cuyo traspaso se origina de los nuevos régimen de Renta Atribuida y régimen SEMI Integrado. (www.edig.cl)
Asimismo, cuenta con una serie de procesos de forma automática, haciéndole más fácil al contribuyente presentar la declaración sin tener que calcular los créditos y beneficios que otorga la ley a los contribuyentes de primera y segunda categoría.
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